¿Qué es la pensión alimenticia en México?
La pensión alimenticia es un derecho que brinda la ley en México a los hijos cuyos padres se han separado o divorciado; mediante este derecho ellos pueden recibir recursos económicos que les ayuden a suplir sus necesidades básicas.
En este artículo trataremos algunos detalles relacionados a la pensión alimenticia en México.
Un tema muy común
Como en cualquier lugar del mundo, en el país las parejas siempre tendrán diferencias o problemas graves que en algún momento de su relación los lleve a tomar la última decisión que en este caso sería la separación o divorcio y dar por terminada dicha relación.
Sin embargo en la mayoría de casos siempre hay hijos de por medio que sufren las consecuencias y es por ello existe el derecho de la pensión alimenticia o compensatoria, para que los hijos resultantes puedan gozar de ayuda económica que les permita continuar con su vida de manera normal.
De acuerdo al INEGI (Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática), en México son mayormente las mujeres quienes solicitan este recurso, aunque se estima un 67.5% de las madres solteras no reciben una pensión alimenticia, es decir que 3 de cada 4 hijos de padres separados no reciben una pensión alimenticia.
¿Qué es la pensión alimenticia?
Aunque este derecho se puede entender como una pensión de alimentos, lo cierto es que también se relaciona con otros derechos básicos de la niñez como por ejemplo salud, vestido, alimentación, educación y esparcimiento de los hijos.
Se entiende entonces que es una cantidad monetaria que es aportada mensualmente ya sea por el padre o la madre de los hijos para el bienestar de los mismos.
Cómo se solicita la pensión alimenticia en México
En primer lugar debemos conocer que existen dos formas de obtener una pensión alimenticia en México: La extrajudicial y la judicial.
En la primera, ambos padres llegan a un acuerdo de forma voluntaria sobre la cantidad que se debe aportar para cumplir con las necesidades básicas de los hijos.
En cambio la segunda, la judicial, se da cuando no pueden llegar a un acuerdo y necesitan recurrir a un juez especializado en materia familiar para que éste determine de cuánto podría ser la pensión. La demanda se presenta ante un juzgado familiar.
Si lo desea puede consultar con algunos abogados especializados en este tema para que le asesoren sobre los requisitos necesarios para solicitarla y obtenerla efectivamente.
¿Hasta qué edad la reciben los hijos?
Normalmente, el derecho a la pensión alimenticia se goza hasta cumplir los 18 años, pero, puede darse el caso que el beneficiario se encuentre estudiando una carrera universitaria, de ser así podría recibirla hasta los 21-24 años de edad, aunque deberá demostrar que se encuentra estudiando.
Pero también pueden darse otras situaciones que resulten en la suspensión de este derecho, entre ellas se mencionan:
- Cuando el demandado no tenga medios para cumplir con su obligación.
- Cuando el beneficiario deje de necesitar la ayuda. (Muerte, matrimonio u obtener empleo).
- Cuando el beneficiario siendo mayor de edad, ejerza sobre el que le proporciona alimentos actos de violencia familiar o injurias.
- Cuando el beneficiario deje de estudiar o tenga algún vicio.
- Cuando el beneficiario abandone la casa del acreedor alimentista sin causa justificada.
Cómo se calcula la pensión alimenticia
A decir verdad no existe una cantidad fija que suele otorgarse como pensión alimenticia, esto debido a las múltiples situaciones que pueda tener cada caso.
Puede darse por ejemplo que el demandado no tenga ingresos fijos, aquí entonces se determinará por parte del juez cuánto podría ser.
Para quienes tienen un sueldo fijo, la pensión se retiene vía nómina y en promedio suele ser de un 15 por ciento del sueldo que se retiene por cada hijo que se tenga. Si son dos hijos, por ejemplo, es un 30 por ciento que se le descontará.
Quiénes NO pueden solicitar la pensión alimenticia
Finalmente debemos decir que existe una excepción para obtener este derecho y es que de acuerdo a la ley «una pensión alimenticia únicamente puede ser reclamada por aquellos que han estado unidos en matrimonio, concubinato, sociedad de convivencia o cualquier otra relación en la que haya existido vida familiar.»
Lo anterior significa que quien solicite este recurso deberá haber vivido como una familia, por lo que se excluye a los amantes, lo cual está amparado por la Constitución de la República cuyo objeto es la organización y el desarrollo de la familia, donde exista afectividad, solidaridad y ayuda mutua.